Instalar placas solares en un bloque de pisos: mayorías y requisitos
Publicado el 25 de agosto de 2026
Instalar placas solares en el tejado de un edificio de vecinos pasa primero por la junta de propietarios, no por el instalador. Estos son los pasos, en orden.
Paso 1: comprobar la mayoría necesaria
La normativa de propiedad horizontal facilita este tipo de instalaciones frente a otras reformas de la comunidad, con mayorías más reducidas que las que se exigen para obras estructurales generales. El régimen exacto de mayorías puede variar según el caso concreto y conviene confirmarlo con la administración de fincas o un asesor legal antes de convocar la junta, en lugar de asumir un porcentaje fijo de memoria.
Paso 2: llevar un estudio técnico a la junta, no solo la idea
Antes de votar, la comunidad debería disponer de un estudio que indique al menos:
- Potencia instalable en el tejado disponible.
- Producción estimada y ahorro esperado por vivienda.
- Coeficientes de reparto propuestos entre los vecinos que quieran participar.
- Presupuesto y forma de financiación (fondo de reserva, derrama, cuotas).
Votar sin estos datos suele derivar en discusiones interminables en juntas posteriores sobre “quién paga qué”.
Paso 3: decidir quién participa
No todos los vecinos tienen que sumarse al autoconsumo colectivo (ver cómo se reparte la energía). Es habitual que la instalación se dimensione solo para las viviendas interesadas, y que el resto quede al margen sin coste ni beneficio.
Paso 4: aprobar en junta y dejarlo por escrito en acta
El acuerdo debe reflejarse en el acta de la junta, especificando quién participa, el coeficiente de reparto de cada vivienda y cómo se financia la instalación. Este documento es el que luego se traslada al instalador y a la distribuidora para tramitar el alta.
Paso 5: contratar instalador y tramitar con la distribuidora
A partir de aquí el proceso técnico es similar al de una instalación individual (proyecto o memoria técnica según potencia, boletín eléctrico, alta ante la distribuidora), pero con la particularidad de que hay que declarar los coeficientes de reparto de cada punto de suministro participante. Los trámites generales de legalización se explican en instalación y trámites.
Un obstáculo habitual: vecinos que no quieren participar pero tampoco ceder el tejado
Aunque las mayorías para aprobar la instalación en sí sean reducidas, en la práctica el mayor obstáculo suele ser el debate sobre el uso de un elemento común (el tejado) para beneficio de solo una parte de los propietarios. Llevar cifras claras de ahorro y un reparto de costes justo a la junta reduce mucho esta fricción — más que cualquier argumento medioambiental genérico.