Qué es el CAU y cómo se solicita paso a paso
Publicado el 25 de agosto de 2026 · 4 min de lectura · Actualizado el 28 de septiembre de 2026
Por autoconsumoclaro.es · Cómo elaboramos el contenido

El CAU (Código de Autoconsumo) es el identificador que la distribuidora eléctrica asigna a una instalación de autoconsumo. Es el dato que vincula tu instalación con tu punto de suministro (tu CUPS) y el que usan la distribuidora y la comercializadora para aplicar la modalidad de autoconsumo y, en su caso, la compensación de excedentes. Sin él, tu instalación existe físicamente pero no figura como autoconsumo a efectos de facturación.
Cómo es el código CAU y dónde encontrarlo
El formato lo fijó la CNMC en su Resolución de 13 de noviembre de 2019 sobre los ficheros de intercambio de información del autoconsumo: el CAU se forma con el CUPS de tu punto de suministro seguido de la letra A y tres dígitos. En un autoconsumo individual es tu CUPS más A000; en uno colectivo, el CUPS de uno de los participantes más A000. Por eso, si conoces tu CUPS, reconocerás tu CAU.
Lo genera siempre la distribuidora de tu zona, no la comercializadora con la que tienes el contrato de luz, aunque a veces pertenezcan al mismo grupo empresarial. Según la Oficina de Autoconsumo del IDAE, no es un trámite que se solicite ni que la distribuidora pueda denegar: lo proporciona al tramitar la instalación y normalmente se lo comunica a tu instalador, así que lo encontrarás en la documentación de la legalización. Si no lo tienes, pídeselo al instalador o, directamente, a la distribuidora identificándote con tu CUPS, que sí aparece en la factura de la luz.
Quién lo necesita
Cualquier instalación de autoconsumo conectada a la red, con o sin excedentes. Las instalaciones aisladas, que no tienen ninguna posibilidad física de conexión a la red, quedan fuera del Real Decreto 244/2019 y no necesitan CAU. Ojo: una instalación desconectada con un simple interruptor no se considera aislada.
Paso 1: diseño y documentación técnica
Antes de ejecutar la obra, el instalador prepara la memoria técnica de diseño o, si la instalación generadora supera los 10 kW, el proyecto firmado por un técnico competente, como exige la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Paso 2: permisos de acceso y conexión, si hacen falta
Las instalaciones sin excedentes y las de hasta 15 kW con excedentes en suelo urbanizado están exentas. Si la tuya no lo está, hay que pedir los permisos de acceso y conexión a la distribuidora antes de conectar; en esa solicitud la distribuidora suele asignar ya el CAU.
Paso 3: instalación y boletín eléctrico
Una empresa instaladora habilitada ejecuta la instalación y emite el certificado de instalación eléctrica o boletín eléctrico, que se registra ante el órgano de industria de tu comunidad autónoma.
Paso 4: registro y comunicación a la distribuidora
En instalaciones de baja tensión de menos de 100 kW, el Real Decreto 244/2019 prevé que la comunidad autónoma remita la documentación del registro a la distribuidora en un plazo máximo de diez días, y que la distribuidora modifique tu contrato de acceso para reflejar el autoconsumo y lo comunique a tu comercializadora y a ti en cinco días. En la práctica, algunas comunidades piden el CAU al registrar la instalación y otras lo obtienen de la propia distribuidora en este paso: tu instalador sabrá cómo funciona en tu zona. Si la gestión se atasca, puedes seguir los pasos de reclamaciones ante la distribuidora.
Paso 5: compensación de excedentes con la comercializadora
Si tu instalación vierte excedentes y quieres acogerte a la compensación simplificada, necesitas el contrato de compensación con tu comercializadora. Este mecanismo se explica en detalle en cómo funciona la compensación de excedentes.
Cuánto tarda
Los plazos legales de la comunicación entre comunidad autónoma y distribuidora son cortos, pero la tramitación completa depende de la carga de trabajo de cada administración y distribuidora. Lo repasamos fase a fase en plazos legales de tramitación.
Qué pasa si no tienes CAU
Sin CAU no puedes acogerte a la compensación de excedentes y tu instalación no figura correctamente como autoconsumo, algo que complica cualquier inspección, ampliación o venta de la vivienda. Merece la pena no dejarlo pendiente aunque la instalación ya esté produciendo energía en casa; si es tu caso, te explicamos cómo resolverlo en qué pasa si tu instalación no está en regla.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el código CAU?
Es el Código de Autoconsumo: el identificador que la distribuidora eléctrica asigna a una instalación de autoconsumo conectada a la red. Vincula la instalación con tu punto de suministro (CUPS) y es imprescindible para que se aplique la modalidad de autoconsumo y la compensación de excedentes.
¿Cómo es el código CAU?
Se forma con el CUPS de tu punto de suministro seguido de la letra A y tres dígitos. En un autoconsumo individual es tu CUPS más A000; en uno colectivo, el CUPS de uno de los participantes más A000.
¿Dónde encuentro mi CAU?
Lo genera la distribuidora de tu zona y se lo comunica a tu instalador durante la tramitación, así que suele aparecer en la documentación de la legalización. Si no lo tienes, pídeselo al instalador o a la distribuidora, identificándote con tu CUPS, que figura en tu factura de la luz. La comercializadora no lo genera.